viernes, 15 de diciembre de 2017

El código negro de Juan Prim (1848): Orígenes y desenlace

El código negro de Juan Prim y Prats (1848): Orígenes y desenlace
María del Mar Rodríguez Figueroa

Retrato del general Juan Prim, 1844.
Museo del Romanticismo de Madrid
Obra de Antonio María Esquivel (1806-1857)
El militar español Juan Prim y Prats fue nombrado capitán general de Puerto Rico en octubre de 1847.[1] Su mando duró solamente hasta julio de 1848, siendo las críticas negativas la norma durante su corta estadía en Puerto Rico. Una de las medidas más controversiales implementadas por el gobernador fue su “código negro”, el cual intentó impedir la rebelión de los esclavos puertorriqueños mediante duras represalias.[2] Prim tenía 33 años cuando accede a la gobernación de Puerto Rico y llegó con órdenes explicitas de la Corona española de “asegurar y defender esa preciosa parte de sus dominios”.[3] Para Prim, la amenaza más inmediata para el control sobre Puerto Rico era la posibilidad de una revolución negra.

El código negro de Prim seguía una larga tradición de medidas racistas y represivas en contra de la raza africana en Puerto Rico. En el año 1812, Salvador Meléndez y Bruna, entonces gobernador de Puerto Rico, prohibió el mero hecho de promover la abolición de esclavitud. También prohibió a los negros ir en grupos de más de tres, instituyó la vigilancia excesiva hacia ese grupo poblacional por la población civil y les negó portación de armas.[4] Más tarde, en el año 1822, se legalizó la captura de esclavos prófugos por rancheros, legislación que había estado vigente en Cuba. Parecía existir un miedo a una rebelión o revolución masiva de negros. Esto se venía ver mucho antes del 1822, cuando en 1770, el entonces gobernador Miguel de Muesas, instituyó medidas para controlar la entrada de esclavos en Puerto Rico. Considerando todo esto, no es sorprendente que durante el Siglo XVIII los esclavos en Puerto Rico estaban empezando a desarrollar medidas para liberarse de dueños represivos, como el cambiar de amo, pedir su libertad, perjudicar los frutos de la hacienda, escaparse, entre otras acciones.[5]

En relación con todo lo anterior, en octubre de 1837 se organizaron fuerzas policiales en Puerto Rico cuya misión específica era evitar una rebelión negra. Vale aclarar que para este tiempo en la Isla los negros y mulatos eran la mayoría, y España, siempre temiendo una revolución negra, había decidido promover la migración de personas de las islas Canarias y de catalanes a Puerto Rico para asegurar que la Corona no perdiera su poder a causa de un levantamiento masivo de esclavos.[6] Existía una combinación de miedo a la raza negra y al levantamiento esporádico de esclavos.

Hay que recordar que Puerto Rico fue una de las primeras colonias de España en América en instituir el tráfico de esclavos africanos. Aunque el comercio de africanos y su sometimiento a la esclavitud no contó con una codificación especifica desde su concepción, sí se pudo realizar a través de cedulas y ordenes oficiales de la Corona española.[7] Ya desde el 1542 se había prohibido la esclavitud de indios, y fueron los africanos quienes suplantaron los deberes forzados.[8] Sin embargo, no fue hasta el año 1640 que el rey de España firmó unas ordenanzas que delimitaban las leyes en relación con la esclavitud. Estas leyes incluían medidas que fueron reproducidas por siglos posteriores, incluyendo la vigilancia policial, la prohibición de portar armas por negros, castigos a los esclavos prófugos, entre otras.[9]

Posteriormente, la Real Cédula de Aranjuez de 1789, se circuló por las colonias españolas. Esta cedula proponía un mejor trato para los negros y por la misma razón fue grandemente ridiculizada e ignorada masivamente. Finalmente fue suspendida en 1794.[10] La Corona no pudo cambiar con una Orden la cultura esclavista que había creado.

De cualquier manera, no fue hasta el 12 de agosto de 1826 que se estableció “la primera legislación local [en Puerto Rico] dedicada enteramente a los esclavos y sus amos”, cuyo título propio fue “El Reglamento sobre la educación, trato y ocupaciones que deben dar a sus esclavos los dueños o mayordomos de esta Isla”. Su autor fue el abogado Francisco Marcos Santaella, quien, entre otras funciones, también había sido oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y Fiscal de la Hacienda Real.[11] Este Reglamento obligó a los dueños a registrarse como tal y a registrar sus esclavos, mientras que al mismo tiempo instituyó una serie de obligaciones a los amos en referencia a la manutención de sus esclavos y les proveyó a los esclavos negros la oportunidad de lograr su libertad y radicar querellas en casos de abusos. No obstante, los supuestos avances legales, el Reglamento de 1826 impuso graves castigos para los esclavos que se dijera estaban incumpliendo con sus deberes serviles, y se continuó la vigilancia excesiva y la prohibición de portar armas. A pesar de ser contrario a lo establecido por el Reglamento, demasiadas veces fue la justicia militar [no la civil] la encargada de castigar a los esclavos[12], medida que eventualmente sería restablecida por Prim.

Para el año 1842, solamente persistía la esclavitud, dentro del continente americano en Brasil, Ecuador, Perú, Venezuela, Uruguay, Cuba, Estados Unidos[13] y en Puerto Rico[14]. El general Prim y Prats estaba al tanto de que, en la esfera internacional, a mediados del siglo XIX, la abolición de la esclavitud estaba convirtiéndose en regla. De hecho, en 1848 representó para el territorio caribeño la llegada de la noticia de que Francia abolía la esclavitud en todos sus territorios. No obstante, debido a las revoluciones ocurridas en Martinica, en Guadalupe y San Thomas, se adelantan a una posible revolución de esclavos y deciden abolir la esclavitud como medida preventiva.[15] Sobre estos sucesos, Prim escribe, desde Puerto Rico, “solo adoptando medidas enérgicas y excepcionales es como puede evitarse que siga la desgraciada suerte de aquellos”.[16] Las sublevaciones de esclavos representan para Prim la realización de una pesadilla, la cual tratará de evitar por todos los medios en Puerto Rico.
Aunque el Código negro de Prim fue literalmente una orden ejecutiva, por su severidad fue una de las legislaciones más criticadas de su tiempo. La orden de Prim, publicada el 31 de mayo de 1848, podría decirse tocaba a la mayor parte de la población en Puerto Rico en esos momentos, pues no se limitaba a los esclavos, sino a todas las personas quienes tuvieran el “mínimo de sangre africana”, sin excepciones.[17] En esencia, para muchos, el código representó un llamado a la guerra contra todo aquel que tuviera sangre africana, pues el bando no hablaba de esclavos, sino tipificaba el odio que Prim le tenía a la raza africana. Para entender la extensión del código de Prim, se tiene que considerar que para 1848, en Puerto Rico, el 11.77% de la población eran esclavos, y otro 40.55% se dividía en negros libertos y pardos o morenos.[18] El código negro de Prim entonces representó un ataque a los derechos de la mitad de la población puertorriqueña.

El código de Prim autorizaba a los dueños de esclavos el castigarlos a su gusto, especialmente en casos de intento de escape, pues servía para “evitar que los demás sigan su ejemplo”. Las penas eran excesivas, por ejemplo, se otorgaban cinco años de cárcel para todo negro que insultara a un blanco. Más aun, Prim buscaba que toda persona con conexión a la raza negra fuese juzgada por el consejo de guerra, siendo las especificaciones de la orden muy severas contra toda persona de raza negra que intentara pelear contra una persona blanca, sin importar la razón. El código negro de Prim no solo castigaba a los negros que “atentaran” contra los blancos, sino que además protegía la propiedad de los amos, para evitar represalias en las haciendas[19], como había pasado en años anteriores.

Prim creía fielmente en una especie de guerra entre razas, por lo cual puso a los comandantes militares al frente de la represión contra la raza negra en Puerto Rico. Los únicos delitos que no eran vistos por la comandancia militar fueron aquellos “donde no existía violación a la tranquilidad, seguridad o paz pública”. Estos últimos seguirían bajo la jurisdicción de los tribunales reales ordinarios. A pesar de que el código de Prim estuvo vigente por poco tiempo, sus incisos acerca la autoridad de los comandantes militares sobre los juicios referentes a personas negras o sus descendientes se mantuvo hasta la abolición de la esclavitud en Puerto Rico en 1873.[20] El hacer de la milicia la fuerza corregidora de los asuntos raciales era un potente insulto a la población de Puerto Rico. Por todo lo anterior, el código de Prim provocó a los esclavos y el 18 de julio de 1848 se reportó una conspiración en Ponce. La misma culminó con la sentencia y posterior ejecución de dos esclavos, siendo la ejecución presenciada por doce esclavos de cada una de las haciendas de Ponce, siguiendo las instrucciones de Prim[21], quien sentía la necesidad de destruir la moral de los esclavos, para así empoderarse y mantener el control de la colonia.

Prim defendía que contaba con la capacidad de implementar el código debido a los llamados poderes omnímodos que se les había provisto a los gobernadores de las posesiones de ultramar desde 1810. Debido a los sucesos revolucionarios que habían empezado en ese año, mediante la Real Orden del 4 de septiembre de 1810, se les había facultado a los gobernadores con estos poderes autoritarios, con la esperanza que detendrían el auge revolucionario en América.[22] No obstante, las acciones de Prim en Puerto Rico no habían satisfecho a la Corona, pues Prim tendía a tomar decisiones unilateralmente, sin consultar a la Real Audiencia ni a los tribunales. La insatisfacción de la Corona culminó en el nombramiento de Don Juan de la Pezuela como gobernador y capitán general de Puerto Rico el 4 de julio de 1848, aunque el nombramiento no llegó a Puerto Rico hasta semanas después.[23] El código había enfurecido no solamente a los esclavos, sino a todas las personas quienes de alguna manera u otra tenían en sus venas sangre africana, por lo cual el general Pezuela recibe instrucciones de calmar las pasiones que Prim había levantado, y por lo mismo deroga el código de Prim el 1 de septiembre de 1848, no sin hacer claro que toda sublevación o el mero intento de ir en contra las leyes establecidas (incluyendo la legalidad de la esclavitud) recibiría un castigo inigualable.[24] Por ende, reforzando el miedo general a que en Puerto Rico se llevara a cabo una rebelión negra y dejando saber que no obstante la salida de Prim, la corona todavía defendía los argumentos racistas y clasistas que habían dado pie a la esclavitud.

El código de Prim fue un ataque a la mayoría de la población de Puerto Rico, pero no debió representar una sorpresa ante la legislación racista que le había precedido. Prim solo fue más allá de la norma, no limitando su orden a los esclavos, sino a todos quienes por tener descendencia africana eran considerados inferiores por el nuevo gobernador. La corona no le quitó el poder a Prim por no estar en acuerdo con sus pensamientos, sino por este no seguir el orden jerárquico y tratar de actuar como rey y no como súbdito. El código negro de Prim es solamente una de las tristes evidencias de racismo y clasismo en Puerto Rico.

BIBLIOGRAFIA
Carlo Altieri, Gerardo A., “Derecho y Esclavitud en el Puerto Rico del siglo XIX”. Inter.c.a.mbio, año 6, núm. 7, 2009, págs. 91-127.

Castañón González, Guadalupe, “Legislación negra (El Afrocaribe colonial)”. Revista del CESLA, núm. 7. Polonia, 2005, págs. 109-124.

Dardé, Carlos, “Juan Prim y Prats, el espadón de las mil caras”. El Mundo, 2017. http://www.elmundo.es/la-aventura-de lahistoria/2014/11/25/54735cb922601d65588b4571.html

García Gallo, Concepción. Sobre el Ordenamiento jurídico de la esclavitud en las Indias Españolas. Sumario Año 1980.

Marley, David. Historic Cities of the Americas: An Illustrated Encyclopedia, Volume 2. ABC-CLIO, 2005.

Morales Carrión, Arturo, “El Año 1848 en Puerto Rico: Aspectos del mando de Prim”. Discurso ante la academia de Historia, 15 de enero de 1958 (PDF).





[1] El gobierno de Prim comenzó propiamente el 15 de diciembre de 1847 (Arturo Morales Carrión “El Año 1848 en Puerto Rico: Aspectos del mando de Prim”. Discurso ante la academia de Historia, 15 de enero de 1958 (PDF), pág. 7).
[2] Carlos Dardé, “Juan Prim y Prats, el espadón de las mil caras”. El Mundo, 2017. http://www.elmundo.es/la-aventura-de-la-historia/2014/11/25/54735cb922601d65588b4571.html
[3] Arturo Morales Carrión “El Año 1848 en Puerto Rico…pág. 16.
[4] Gerardo A. Carlo Altieri, “Derecho y Esclavitud en el Puerto Rico del siglo XIX”. Inter.c.a.mbio, año 6, núm. 7, 2009, pág. 103.
[5] Ibid., págs. 101; 103-104.
[6] David Marley. Historic Cities of the Americas: An Illustrated Encyclopedia, Volume 2. ABC-CLIO, 2005, pág.193.
[7] Gerardo A. Carlo Altieri, “Derecho y Esclavitud…, págs. 93; 97.
[8] Concepción García Gallo. Sobre el Ordenamiento jurídico de la esclavitud en las Indias Españolas. Sumario Año 1980, pág. 1005.
[9] Guadalupe Castañón González, “Legislación negra (El Afrocaribe colonial)”. Revista del CESLA, núm. 7. Polonia, 2005, pág. 112.
[10] Ibid., págs. 117-118.
[11] Gerardo A. Carlo Altieri, “Derecho y Esclavitud…, pág.104.
[12] Ibid., págs.104-105.
[13] La esclavitud en Estados Unidos solo estaba prohibida en los estados de Pennsylvania, Massachusetts y Connecticut.
[14] Guadalupe Castañón González, “Legislación negra…pág. 120.
[15] Arturo Morales Carrión “El Año 1848 en Puerto Rico…, págs. 17; 23.
[16] Ibid., pág. 18.
[17] Gerardo A. Carlo Altieri, “Derecho y Esclavitud…, pág.107.
[18] Ibid., pág.109.
[19] Ibid., págs. 107-108.
[20] Ibid., págs.107-108.
[21] Arturo Morales Carrión “El Año 1848 en Puerto Rico…, pág. 25.
[22] Gerardo A. Carlo Altieri, “Derecho y Esclavitud…, pág.108.
[23] Arturo Morales Carrión “El Año 1848 en Puerto Rico…, págs. 28; 30.
[24] Ibid., págs. 37-38; 40.

4 comentarios:

  1. NEGROS Y MULATOS ERAN LA MAYORIA.ELLOS FUERON LA MAYORIA DESDE MEDIADOS DEL SIGLO XVI HASTA INICIOS DEL SIGLO XIX CUANDO EMPIEZA A LLEGAR EUROPEOS CATOLICOS DE LA LUISIANA, DE SANTO DOMINGO HUYENDO DE LOS HAITIANOS Y, EL GRAN NUMERO DE ESPANOLES E HISPANOFILOS HUYENDO DE BOLIVAR.HASTA TODO ESE TIEMPO PUERTO RICO ERA UNA COLONIA ESPANOLA NEGRA.PTO RICO HABIA SIDO ABANDONADO A SU SUERTE.PIENSO QUE LA COLONIZACION DE P.RICO POR ESPAGNA EMPEZO EN SIGLO XIX DESPUES QUE PERDIO SU IMPERIO EN EL RESTO DE AMMERICA. FUE ESTA INMIGRACION EUROPEA LA QUE CAMBIO LA CARA DEL PUERTORRIQURNO. AUNQUE EL OBJETO ES PRIM, EL CONTAJE DE INDIOS SE IGNORO. TODAVIA, 12/2017 SIGUEN IGNORANDOLO.

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    1. Gracias Anónimo por su comentario. De hecho, por sus primeros comentarios es que la autora indica que "el código de Prim fue un ataque a la mayoría de la población de Puerto Rico". Sobre el tema del conteo de indios, ese es uno que hay que trabajar.

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  2. Tal parece que eso de los genocidios ha sido lo más que ha hecho rico a muchos imperios. Qué pena que la democracia pequeña de una islita, no se pueda oír, por causa del que mas personal tenga entre las naciones. Y si Dios le dio la misma cantidad de celebro a cada raza, pues El no hace acepción de personas, pues tal parece que los que están arriba, no es por ser mas inteligentes, sino por lo criminales que han sido a través de los siglos, y con eso hoy compran las mejores universidades; pues escrito esta: “No mataras”-(Deut.5:17,).

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