Introducción
En 1512, el licenciado Sancho Velázquez, fiscal de la
Audiencia de Santo Domingo (corte judicial), fue enviado a Puerto Rico a
investigar la supuesta deuda que el capitán Juan Ponce de León tenía con la
Corona española por la compañía que habían pactado en una capitulación,
o contrato de exploración y conquista, otorgada por el gobernador Nicolás de
Ovando en mayo de 1509.
Velázquez condenó a Ponce de León a pagar a la Corona 1,352 pesos 2 tomines y 6 granos de oro, por la compañía para buscar oro, que según dijo, duró hasta diez meses. El Conquistador respondió que “no es obligado a pagarlo, porque al tiempo que cogió dicho oro, ya la dicha compañía era fenecida y acabada, y el dicho Juan Ponce de León se había desistido y apartado de ello”. Efectivamente, luego de asumir la gobernación general con sede en Santo Domingo, el virrey Diego Colón (hijo del almirante Cristóbal Colón) envió a Juan Cerón como su oficial representante a asumir el mando de Puerto Rico en octubre de 1509.
El “expediente del proceso está publicado en la obra editada por monseñor Vicente Murga Sanz, Historia documental de Puerto Rico, Vol. II. Juicio de Residencia del licenciado Sancho Velázquez…1519-1520 (Santander: Aldus S. A. Artes Gráficas, 1957), pp. 497-542. La “Relación de 1509” forma parte del extenso “Proceso del adelantado Juan Ponce de León contra el licenciado Sancho Velázquez, juez de residencia de la isla de San Juan”, 1512.
El informe de 1509 ha sido publicado antes con trascripciones que contienen errores u omisiones y cambios de palabras, sin explicación o aclaración, en tres lugares: (1) Colección de documentos inéditos relativos al descubrimiento, conquista y organización de las antiguas posesiones españolas de América y Oceanía, Tomo XXXIV (Madrid: Imprenta de Manuel G. Hernández, 1880); (2) Dr. Cayetano Coll y Toste, Boletín Histórico de Puerto Rico, Tomo I, San Juan, Puerto Rico, Tip. Cantero, Fernández & Co., 1914, reimpresión San Juan, Puerto Rico, Ateneo Puertorriqueño, 2004, pp. 119-121; (3) Murga Sanz, obra citada antes, pp. 519-522.
En su obra biográfica sobre el capitán conquistador, Juan Ponce de León, el sacerdote historiador Vicente Murga Sanz aludió a la Relación de 1509 y, aunque no entró en detalle, indicó la fuente del Archivo General de Indias (AGI) de Sevilla, donde se encuentra copia manuscrita del documento original (Río Piedras: Editorial Universitaria / Universidad de Puerto Rico, segunda edición revisada, 1971, p. 54, nota 18). Gracias a ello es que he podido confrontar las transcripciones previas con el “traslado”, o copia manuscrita y poder ofrecer esta nueva transcripción.
En su informe, Ponce de León da detalles del inicio de la conquista formal en agosto de 1508, el recibimiento por el cacique supremo Agüeybana, del que tenía noticias previas y con quien estableció la relación social y familiar taína de guatiao (amigo y hermano), diversos contactos por las costas e intentos de establecer algún puesto hasta que, probablemente entre enero y abril de 1509 decidió fijar el primer poblado español, la Villa de Caparra, haciendo constar la construcción de una casa-fuerte; que en lo sucesivo habría de ser objeto de reparaciones y ampliaciones.
Se hace referencia en el texto a Salvaleón. Ese fue el nombre del poblado que dio el capitán Juan de Esquivel en la conquista del cacicazgo de Higüey, al este de La Española, en 1503. El otro capitán conquistador fue Juan Ponce de León. Cuando escribe sobre la “casa de los caciques”, se refiere a las aldeas cabeceras y territorio de sus cacicazgos. Para la comunicación con los caciques indios, en ese entonces, ya contaban con intérpretes o traductores de ambos lados. El obsequio de “preseas”, o artículos de la producción mercantil y artesanal de España, usualmente baratijas, a los caciques e indios puso de relieve uno de los mecanismos básicos de la conquista colonial: regalos, para ablandar y engañar a los habitantes originarios acerca de las intenciones colonialistas.
En España y Europa, así como en todos los países, antiguamente hubo medidas de todo tipo (agrarias, de peso, estatura, entre otras) diferentes a las del presente. La legua, o leguas, señalada por Ponce de León, equivale a 3.5 millas o 5.6 kilómetros al presente.[1]
Finalmente, cuando Ponce de León se lamenta de no haber podido obtener unos 800 pesos de oro como muestra, por no poderse aprovechar de los indios como ya lo hacían en La Española, lo que hizo fue solicitar autorización para imponer en Boriquén el régimen de la Encomienda o repartimiento de los indios, y, complementado con la esclavización de los rebeldes, explotar al máximo su trabajo para saciar el hambre mercantil por el oro de aquella época. Y así servir al Rey, “como se debe”.
El texto, a su vez, es un registro primario de términos del vocabulario taíno: cacique, conuco, bohío, Hano o Ano, y Toa (nombres de ríos). La insistencia en lograr que los indios hicieran conucos es muestra de la previsión del conquistador de la necesidad de tener una base alimenticia para lograr sus propósitos. Cuadrilla, en aquel contexto significaba un grupo de trabajadores. La isla de Mona se destaca como una de las sedes de cacicazgo, y cuando hace referencia a buscar “pan”, allí quiere decir el casabe o torta de pan confeccionada del cultivo de la yuca, alimento básico de los taínos. Los conquistadores se aprovecharon bien del nivel avanzado de la agricultura indígena para sus propósitos imperiales. Hay que aprender a “exprimir” toda la información que contienen las fuentes documentales, directamente o en entrelíneas.
En 1938, el historiador oficial de Puerto Rico, Adolfo Hostos, publicó Investigaciones históricas, con siete capítulos sobre sus excavaciones en Caparra; la obra fue reeditada por el historiador oficial Luis E. González Vales, con auspicio de la Oficina Estatal de Conservación Histórica, en 2011. Allí se pueden apreciar las ruinas de Caparra, con algunas fotografías impresionantes y un plano donde se muestra la carretera número 2 que conecta San Juan con Bayamón, y más allá por la costa norte de Puerto Rico. A pesar de haberse señalado el valor histórico de la zona, más pudieron el avance insensato del cemento y las consideraciones militares. Todo fue arrasado. Se rescataron algunas piezas de museo. El resto está sepultado debajo de la número 2 y las urbanizaciones adyacentes. Ni siquiera las pocas ruinas existentes son auténticas en su formato, para que no dijeran del menosprecio a la Historia. De aquí, protesto, y hacemos otro llamado a preservar todos los testimonios del patrimonio cultural nacional puertorriqueño.
Es mucho lo que se sabe, con historiografía excelente. Sin embargo, la historia de la Villa de Caparra, como primera capital y base de la economía minera del oro; y sede de la imposición colonial sobre los cacicazgos y pueblo taíno entre 1508 y 1521, está por documentarse y reconstruirse plenamente todavía.
Transcripción:
Relación de Juan Ponce de León en el viaje de la Isla de San Juan, Villa de la Concepción [La Española], primero de mayo de 1500.[2]
Este es el traslado, bien y fielmente sacado de una escritura, escrita en papel y firmada de cierto escribano, según que por ella parecía su tenor de la cual es esta que se sigue:
En la villa de la Concepción, primero día del mes de mayo de mil y quinientos y nueve años, ante el gobernador, mi señor, presento esta Relación. Juan Ponce de León.
Señor
Lo que yo Juan Ponce de León, hecho en el viaje de la isla de San Juan donde fui a cumplir lo contenido en una capitulación que vuestra merced en nombre de Su Alteza mandó que se tomase conmigo, haciendo entera relación de todo lo que en el dicho viaje ha sucedido, es lo siguiente:
Primeramente, que yo partí de la villa de Santo Domingo para ir a la dicha isla de San Juan en doce días del mes de julio de mil y quinientos y ocho años, y comencé a seguir el dicho viaje para la dicha isla de San Juan con el carabelón. Y fui a Salvaleón a me bastecer y tomar la gente que llevé, que fue cuarenta y dos personas y ocho marineros, que fueron cincuenta personas por todas. Y estando en el puerto de Yuma a tres de agosto vino tal tormenta que metió el carabelón sobre unas peñas, y de allí lo saqué y perdí mucho del bastimento.
Item: después de pasada la dicha tormenta, me partí siguiendo mi viaje, y fui a la isla de la Mona donde hallé a los caciques e indios de la dicha isla. Y de allí me partí y fui a la dicha isla de San Juan por la parte del sur, a doce de agosto del dicho año, donde surgí en la playa que está en el paraje del cacique Agüeybana. Y fui a su casa y le hablé de parte de Vuestra Merced lo que me mandó. Y le aseguré y le mandé hacer un conuco para Su Alteza, y él dijo que lo haría. Y después me han dicho que lo ha hecho. Y no he podido ser informado de qué tamaño es, ni le he podido ir a ver a causa de las muchas ocupaciones que he tenido, de estar apartado del asiento que tengo comenzado a hacer, según adelante dirá. Y estando el dicho carabelón surto, a diez de agosto vino otra tormenta que lo sacó a la costa e sacó con mucho trabajo.
Item: después de aderezado el dicho carabelón partí de allí bojando la dicha isla y hablando a los caciques de la costa y a los caribes que allí hallé. Y dándoles preseas a los unos y a los otros, por los asegurar, hasta que llegué a la bahía que está en la parte del norte donde ahora está la casa y asiento. Y allí surgí, y de que vi tan buen puerto eché la barca fuera y entré en ella y anduve por la bahía, creyendo hallar asiento y agua y no lo hallé. Y de allí me fui ocho leguas la costa abajo, donde hallé un río que se llama Hano que podría entrar en él el carabelón. Y allí surgí y descargué en tierra todo lo que llevaba, e hice bohíos, lo cual hecho envié al dicho carabelón por pan a la dicha isla de la Mona.
Item: después de estar allí un mes, no me contentando el puerto y agua, fui por tierra en busca de un río grande que se llama Toa, a donde me pasé con toda la gente y ropa en el carabelón des que vino; y de allí por algunas dificultades que veía me torné a embarcar y fui a la bahía de que arriba hecho mención, y busqué otra vez allí asiento y de que no lo hallé me volví al dicho río Ano.
Item: en el dicho río, hice entonces asiento y desembarcadero y caminos en propósito y torné a enviar el carabelón por bastimento; y en este tiempo e metió una mar de levadía de la parte del norte, en manera que conocía estar engañado con el puerto. Y fue forzado partirme a la hora por tierra con quince hombres en busca de la dicha bahía para asentar sobre ella lejos o cerca en asiento junto con la dicha bahía. E hice traer en el dicho carabelón toda la gente y ropa que quedaba allí, y allí asenté e hice un gran bohío y caminos, y una calzada para desembarcadero en late mar. Después de lo cual por humedad que tenía demasiada aquel asiento, y por otras dificultades que en él hallé, me mudé de allí la tierra adentro media legua, donde ahora está la casa. Y así en todo a mi parecer bien y en propósito de las minas.
Item: hice una casa mediana, con su terrado y pretil y almenas, y su barrera delante de la puerta, y toda encalada dentro y de fuera, de altor de siete tapias en alto, con pretil y almenas.
Item: hice coger oro con una cuadrilla, que no pude con tres como lo asenté, por no tener que dar de comer a la gente, y por no me poder ayudar para ello de esta Isla, ni de los indios de la dicha Isla, con la cual cuadrilla saqué ochocientos y treinta y siete pesos y cuatro tomines de oro.
Item: hice hacer dos pedazos de labranza, el uno junto con el pueblo, que tendrá hasta cuatro o cinco mil montones para los pobladores, según en la capitulación se contiene; y el otro, a cuatro leguas en el dicho río de Toa, para mí. Y de estos dichos conucos se harán y se aprovecharán la dicha labranza que se ha de hacer para Su Alteza. Porque hasta aquí no se ha podido hacer más de mandar labrar en casa de los caciques para Su Alteza, que son cinco caciques los que mandé que labrasen en sus casas para Su Alteza. Y esto es lo que hasta ahora se ha podido hacer, y más no, por haber mudado el pueblo tantas veces, y por no tener de comer ni lo haber en esta isla. Aunque me quisiera aprovechar de ella, y por no me poder aprovechar de los indios de la dicha Isla como era razón, de cuta causa no se ha podido más hacer.
La cual dicha Relación, siendo vista por su merced y consultada y platicada con Miguel de Pasamonte, tesorero de Su Alteza, mandó al dicho Juan Ponce de León que aderece lo necesario para volver a poner en obra lo que fuere su servicio de Su Alteza, así en cumplimiento de la dicha capitulación, como para proveer en lo demás que fuere necesario en la dicha Isla, o en otras si fuere necesario, y se le mandare, y que para ello diere relación de lo que le parece que debe hacer y proveer en la dicha Isla con que Su Alteza sea servido. Y asimismo lo que a él cumpla para se poder sustentar y servir a Su Alteza como debe.
Fin del documento transcrito
[1] Para
este y otros ejemplos, véase de nuestra autoría, Pesas y medidas en las
Antillas españolas. Siglo XVI (San Juan: Instituto de Cultura
Puertorriqueña, 2013.
[2] Archivo General de
Indias (AGI), Sección Patronato, Legajo 175, Ramo 7, ff. 93v-95. Documento
digitalizado en el Portal de Archivos Españoles (PARES); imágenes 112-115.
Transcripción por Francisco Moscoso, historiador; 16 de noviembre de 2022.
Hemos modernizado la letra para facilitar la lectura; en el apéndice incluimos
reproducción del documento para estudio de la escritura antigua. Por ejemplo,
en vez de “ysla”, isla; “conplir”= cumplir, “relaçion” = relación, “terná” =
tendrá, etc. etc. Entonces no solían poner acentos, ni puntos y comas entre las
oraciones, por lo cual también introducimos necesarios cambios ortográficos y
de estilo.